Introducción: El laberinto regulatorio de las estaciones de servicio

Invertir en una estación de servicio en Argentina puede ser un negocio rentable, pero el camino hacia la apertura está lleno de requisitos legales, ambientales y administrativos que varían según la provincia y el municipio. Esta complejidad normativa puede resultar abrumadora incluso para inversores experimentados.

En esta guía, desglosamos el proceso completo para obtener todas las autorizaciones necesarias para establecer y operar una estación de servicio en Argentina, con especial atención a las particularidades de las principales jurisdicciones y los cambios normativos recientes.

Proceso de autorización de gasolineras

El proceso de autorización involucra múltiples organismos a nivel nacional, provincial y municipal.

Marco regulatorio nacional: La base común

A nivel nacional, existen normativas que aplican a todas las estaciones de servicio, independientemente de su ubicación geográfica:

1. Registro en la Secretaría de Energía

Toda estación de servicio debe inscribirse en el Registro de Empresas Petroleras (RNEPA) de la Secretaría de Energía de la Nación. Este registro, recientemente actualizado mediante la Resolución 40/2023, requiere:

  • Formulario de inscripción completo (disponible en la plataforma digital TAD - Trámites a Distancia).
  • Documentación societaria (estatutos, actas de designación de autoridades, etc.).
  • Certificado de inscripción en AFIP.
  • Memoria técnica descriptiva de las instalaciones firmada por profesional habilitado.
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil.
  • Constancia de inicio de trámite de habilitación municipal.

Plazo aproximado: 30-45 días hábiles.

Costo: Tasa administrativa de $75,000 ARS (sujeta a actualizaciones).

2. Normas técnicas y de seguridad

Las estaciones de servicio deben cumplir con las normativas técnicas establecidas por:

  • Resolución SE 1102/2004: Especificaciones técnicas para tanques, cañerías y sistemas de contención de derrames.
  • Resolución SE 404/1994 y modificatorias: Normas de seguridad para el expendio de combustibles.
  • Normas IRAM específicas: Particularmente las series IRAM 3500, 3501 y 3502 para instalaciones de GNC.

Un aspecto fundamental es la reciente actualización de la Resolución SE 1102/2004 que ahora exige que todas las nuevas estaciones instalen tanques de doble pared con monitoreo intersticial continuo, un cambio significativo respecto a la normativa anterior que permitía tanques de pared simple con protección catódica.

3. Normativa ambiental nacional

A nivel nacional, aplican:

  • Ley 24.051 de Residuos Peligrosos: Requiere inscripción como generador de residuos peligrosos.
  • Resolución 1639/2007 de la Secretaría de Ambiente: Establece la obligatoriedad de contar con un Plan de Gestión Ambiental.
  • Ley 27.640 de Biocombustibles: Establece requisitos específicos para el almacenamiento y expendio de combustibles con mezcla de biocombustibles.

Normativas provinciales: Las particularidades regionales

Las principales diferencias regulatorias se encuentran a nivel provincial. Analizamos las particularidades de las principales jurisdicciones:

1. Provincia de Buenos Aires

La provincia con mayor densidad de estaciones tiene uno de los marcos regulatorios más exigentes:

  • Organismo de aplicación: Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
  • Normativa clave: Resolución OPDS 94/2014 y Resolución OPDS 159/2020.
  • Requisitos distintivos:
    • Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) obligatorio, con renovación cada 4 años.
    • Estudio de Impacto Ambiental con análisis detallado de napas subterráneas.
    • Auditoría ambiental con frecuencia bienal realizada por profesional inscrito en el registro provincial.
    • Plan de contingencia aprobado por Defensa Civil Provincial.
    • Distancias mínimas respecto a establecimientos educativos y sanitarios (200 metros).

Nuevo: La Resolución OPDS 159/2020 introdujo la obligatoriedad de realizar monitoreos trimestrales de calidad de agua subterránea y presentar informes semestrales, un requisito más estricto que el anterior que exigía controles anuales.

2. Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CABA tiene uno de los marcos regulatorios más restrictivos:

  • Organismo de aplicación: Agencia de Protección Ambiental (APrA).
  • Normativa clave: Ley 123 de Evaluación de Impacto Ambiental y Resolución 326/2013.
  • Requisitos distintivos:
    • Certificado de Impacto Ambiental con categorización como "Con Relevante Efecto" (CRE).
    • Estudio de Impacto Ambiental con audiencia pública obligatoria.
    • Restricciones de localización según zonificación urbana (Código Urbanístico).
    • Distancias mínimas entre estaciones (1000 metros en algunas zonas).
    • Programa de Reconversión de Estaciones de Servicio para reducir impacto ambiental.

Actualización reciente: El nuevo Código Urbanístico de CABA (2021) ha modificado las zonas donde se permite la instalación de estaciones de servicio, restringiendo significativamente las áreas disponibles, especialmente en barrios residenciales.

Zonificación para gasolineras en CABA

El nuevo Código Urbanístico restringe significativamente las zonas donde pueden instalarse estaciones de servicio en CABA.

3. Provincia de Córdoba

  • Organismo de aplicación: Secretaría de Ambiente de la Provincia.
  • Normativa clave: Ley 10.208 de Política Ambiental y Decreto 247/2015.
  • Requisitos distintivos:
    • Licencia Ambiental Provincial obligatoria.
    • Estudio de Impacto Ambiental con metodología específica definida por la Secretaría.
    • Plan de Gestión Ambiental con monitoreos semestrales.
    • Seguro Ambiental obligatorio con cobertura específica para remediación de suelos.

4. Provincia de Santa Fe

  • Organismo de aplicación: Ministerio de Ambiente y Cambio Climático.
  • Normativa clave: Decreto 101/2003 y Resolución 10/2017.
  • Requisitos distintivos:
    • Certificado de Aptitud Ambiental con renovación cada 3 años.
    • Programa de monitoreo de aguas subterráneas trimestral.
    • Distancias mínimas a establecimientos educativos, sanitarios y viviendas (150 metros).
    • Sistema de recuperación de vapores obligatorio en áreas urbanas.

5. Provincia de Mendoza

  • Organismo de aplicación: Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial.
  • Normativa clave: Ley 5961 de Preservación del Ambiente y Decreto 2109/1994.
  • Requisitos distintivos:
    • Declaración de Impacto Ambiental obligatoria.
    • Requisitos específicos para zonas sísmicas (diseño antisísmico para tanques).
    • Restricciones especiales en zonas de acuíferos protegidos.
    • Sistemas especiales para la gestión del agua en el lavadero (obligatorio un sistema de recirculación).

Normativas municipales: El último eslabón

Además de las normativas nacionales y provinciales, cada municipio establece requisitos adicionales para la habilitación comercial:

Elementos comunes de las normativas municipales

  • Habilitación comercial: Todos los municipios requieren una habilitación específica para estaciones de servicio.
  • Ordenanzas de zonificación: Definen en qué zonas se permite o prohíbe la instalación de estaciones.
  • Normativas de edificación: Requisitos específicos sobre retiros, altura, superficie cubierta, etc.
  • Inspecciones de seguridad: Realizadas por bomberos locales o provinciales.

Particularidades destacables de algunos municipios

  • Rosario: Exige un "Estudio de Impacto Vial" para evaluar el efecto sobre el tránsito local.
  • Mar del Plata: Tiene restricciones adicionales en zonas costeras y turísticas.
  • San Miguel de Tucumán: Implementó un programa de reconversión de estaciones en el centro histórico.
  • Bariloche: Cuenta con normativas específicas para estaciones en zonas turísticas y cercanas a parques nacionales.

Proceso completo: Paso a paso

A continuación, presentamos una secuencia recomendada para el proceso completo de habilitación:

  1. Estudio preliminar de factibilidad:
    • Verificar zonificación municipal.
    • Consultar restricciones provinciales específicas.
    • Analizar distancias a establecimientos sensibles.
  2. Adquisición o alquiler del terreno
  3. Trámites iniciales:
    • Solicitud de prefactibilidad municipal.
    • Inicio de trámite en la Secretaría de Energía (constancia necesaria para otros trámites).
  4. Estudios y proyectos:
    • Proyecto de arquitectura según normativas.
    • Estudio de Impacto Ambiental.
    • Proyecto técnico de instalaciones.
  5. Obtención de permisos provinciales:
    • Presentación del Estudio de Impacto Ambiental.
    • Obtención del Certificado/Licencia Ambiental.
    • Inscripción como generador de residuos peligrosos.
  6. Obtención de permisos municipales:
    • Permiso de construcción.
    • Factibilidad de conexión a servicios (agua, electricidad, etc.).
    • Habilitación comercial provisoria.
  7. Construcción e instalación
  8. Inspecciones y verificaciones:
    • Inspección municipal de obra terminada.
    • Verificación de equipos por parte de empresas certificadoras.
    • Inspección de bomberos.
    • Verificación ambiental provincial.
  9. Registros finales:
    • Inscripción definitiva en el RNEPA.
    • Habilitación comercial definitiva.
    • Contratación de seguros obligatorios.
  10. Inicio de operaciones

Plazo total estimado: Entre 12 y 18 meses desde el inicio de los trámites hasta la apertura, dependiendo de la jurisdicción.

Costos administrativos aproximados

A continuación, un detalle de los costos administrativos aproximados (no incluye construcción ni equipamiento):

  • Inscripción en RNEPA: $75,000 ARS
  • Estudio de Impacto Ambiental: Entre $800,000 y $1,500,000 ARS (dependiendo de la complejidad)
  • Certificado/Licencia Ambiental Provincial: Entre $150,000 y $500,000 ARS (según provincia)
  • Habilitación Municipal: Entre $200,000 y $600,000 ARS (según municipio)
  • Certificaciones técnicas: Aproximadamente $350,000 ARS
  • Inscripción como generador de residuos peligrosos: $120,000 ARS
  • Seguro ambiental: Prima anual de aproximadamente 0,5% del monto asegurado (mínimo $3,000,000 ARS)

Total aproximado: Entre $1,800,000 y $3,500,000 ARS solo en gastos administrativos y trámites.

Cambios normativos recientes y tendencias

El marco regulatorio para estaciones de servicio está experimentando cambios significativos, principalmente en estas direcciones:

1. Mayor exigencia ambiental

La tendencia general es hacia requisitos ambientales más estrictos:

  • Obligatoriedad de tanques de doble pared en todas las jurisdicciones.
  • Aumento en la frecuencia de monitoreos ambientales.
  • Mayores exigencias en sistemas de contención de derrames.
  • Incremento en las coberturas de seguros ambientales.

2. Adaptación a nuevas tecnologías

Varias provincias están actualizando sus normativas para incluir:

  • Requisitos específicos para puntos de carga de vehículos eléctricos.
  • Normativas para estaciones de servicio de hidrógeno.
  • Actualización de normativas para GNC y GNL.

3. Simplificación administrativa

Existe una tendencia incipiente hacia la digitalización y simplificación de trámites:

  • Implementación de plataformas digitales para seguimiento de expedientes.
  • Ventanillas únicas en algunas provincias.
  • Reducción de plazos administrativos (aunque aún insuficiente).
Estación de servicio moderna con cargadores eléctricos

Las nuevas normativas comienzan a contemplar instalaciones para carga de vehículos eléctricos.

Recomendaciones para inversores

Basándonos en nuestra experiencia asesorando a inversores en el sector, ofrecemos estas recomendaciones prácticas:

1. Planificación anticipada

  • Iniciar los trámites al menos 18 meses antes de la fecha proyectada de apertura.
  • Realizar un estudio de prefactibilidad completo antes de comprometer grandes inversiones.
  • Verificar la disponibilidad de servicios básicos (especialmente electricidad de alta potencia).

2. Asesoramiento especializado

  • Contar con un equipo multidisciplinario que incluya:
    • Abogado especialista en derecho administrativo.
    • Consultor ambiental con experiencia específica en estaciones de servicio.
    • Ingeniero con conocimiento de las normativas técnicas del sector.
    • Gestor con experiencia en trámites municipales locales.

3. Gestión proactiva

  • Establecer un cronograma detallado con seguimiento regular.
  • Mantener comunicación constante con los organismos reguladores.
  • Documentar meticulosamente todas las presentaciones y respuestas.
  • Anticiparse a posibles cambios normativos durante el proceso.

4. Diseño pensando en el futuro

  • Incorporar desde el inicio infraestructura para:
    • Carga de vehículos eléctricos.
    • Cumplimiento de futuras normativas ambientales más estrictas.
    • Flexibilidad para adaptarse a cambios en el mix de combustibles.

Conclusión: Navegar el laberinto regulatorio

El proceso de habilitación de una estación de servicio en Argentina es complejo y requiere paciencia, planificación y asesoramiento especializado. Sin embargo, con una comprensión clara de los requisitos y una gestión proactiva, es posible navegar exitosamente este laberinto regulatorio.

El panorama normativo está en constante evolución, con una tendencia hacia mayores exigencias ambientales y adaptación a nuevas tecnologías. Los inversores que anticipen estos cambios tendrán una ventaja competitiva significativa en el mercado.

En GeoInvest Argentina contamos con un equipo de especialistas en normativa del sector que puede acompañarle en todo el proceso. No dude en contactarnos para una asesoría personalizada sobre su proyecto específico.